La Ley Olimpia fue impulsada por Olimpia Corral Melo, quien fue víctima de la divulgación de un video intimo sin su consentimiento, por lo cual, decidió promover proyectos para sancionar la violencia digital sexual.
Los proyectos tuvieron éxito, logrando que a nivel estatal los códigos penales agregaran el delito de la violación a la intimidad, ya que, muchas personas son afectadas en su intimidad al ser grabadas sin su consentimiento, así como el envío de “nudes” que luego usan para divulgar en diferentes grupos de redes sociales y mensajería instantánea.
En este sentido, la Ley Olimpia especifica que comete el delito de violación a la intimidad sexual a todo aquel que, a través de cualquier medio, divulgue, comparta, distribuya y publique imágenes, audios o videos de una persona que este realizando actos eróticos, sexuales e íntimos.
De igual forma, a quien pida este tipo de contenido y lo divulgue cometerá el delito de violación a la intimidad, cuando todo sea realizado sin el consentimiento de la víctima.
Las personas que violen la Ley Olimpia serán sancionadas de cuatro hasta ocho años de prisión, así como de una multa que podría ser de mil a dos mil veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.
La Ley Olimpia fue aprobada por la Cámara de Diputados el 29 de abril de 2021, quedando como delito el tomar y distribuidor contenido íntimo y sexual sin el consentimiento de la persona.